Modelos 303 y 130: qué son, cómo se calculan y plazos de presentación

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Cada trimestre la mayoría de autónomos presenta dos declaraciones: el modelo 303 del IVA y el modelo 130 del IRPF. Así se calculan y estas son sus fechas.

Plazos de presentación

Trimestre Periodo Plazo para presentar
1.º Enero a marzo Del 1 al 20 de abril
2.º Abril a junio Del 1 al 20 de julio
3.º Julio a septiembre Del 1 al 20 de octubre
4.º Octubre a diciembre Del 1 al 30 de enero del año siguiente

Si el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al siguiente día hábil. Si domicilias el pago en tu banco, el plazo termina unos días antes: comprueba la fecha exacta en el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

Modelo 303: la declaración trimestral del IVA

En el 303 comparas el IVA que has cobrado en tus facturas con el IVA que has pagado en tus gastos de la actividad:

  • IVA repercutido: el que has añadido en tus facturas emitidas.
  • IVA soportado: el que figura en las facturas de tus gastos deducibles.

Si el repercutido es mayor, la diferencia sale a ingresar. Si es menor, sale a compensar en los siguientes trimestres. En el último trimestre del año puedes pedir que te la devuelvan.

Ejemplo. En el trimestre facturas 6.000 € de base y cobras 1.260 € de IVA (21 %). Tus gastos con IVA suman 800 € de base, con 168 € de IVA. Resultado del 303: 1.260 − 168 = 1.092 € a ingresar.

En enero, además del 303 del cuarto trimestre, se presenta el modelo 390: un resumen anual del IVA, salvo en los casos en que la Agencia Tributaria exime de presentarlo.

Modelo 130: el pago fraccionado del IRPF

El 130 es un adelanto de lo que pagarás en la declaración de la Renta. Se calcula con los datos acumulados desde el 1 de enero:

  1. Ingresos acumulados (sin IVA) menos gastos deducibles acumulados = rendimiento neto.
  2. Se aplica el 20 % a ese rendimiento.
  3. Se restan los pagos de los modelos 130 anteriores del mismo año y las retenciones que te han practicado tus clientes.

Ejemplo del primer trimestre. Ingresos: 6.000 €. Gastos: 1.500 €. Rendimiento: 4.500 €. El 20 % es 900 €. Si no te han retenido nada, pagas 900 €. Si tus clientes te retuvieron 600 €, pagas 300 €.

Si el resultado es negativo, no pagas nada ese trimestre y la cifra se tiene en cuenta en los siguientes.

Para hacer tus números rápido, usa la calculadora del modelo 130.

¿Quién no tiene que presentar el 130?

Quedan exentos los profesionales que, en el año anterior, tuvieron retención de IRPF en al menos el 70 % de sus ingresos de la actividad. Es habitual en quien trabaja casi solo para empresas. Si es tu primer año, se mira el porcentaje de ese mismo año.

Los autónomos en estimación objetiva (módulos) presentan el modelo 131 en lugar del 130.

Cómo se presentan

Se presentan por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Hay que presentarlos aunque no hayas facturado nada en el trimestre (en ese caso, con resultado cero).

Si te retrasasPresentar fuera de plazo sin requerimiento de Hacienda tiene un recargo que crece con el retraso. Si te lo reclama Hacienda antes, puede haber sanción. Mejor presentar tarde que no presentar.

Fuentes oficiales

Revisado el 26 de octubre de 2026. Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un gestor o asesor fiscal.

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