Si tienes empleados o pagas facturas de profesionales con retención, tienes que ingresar esas retenciones a Hacienda cada trimestre con el modelo 111.
| Para qué sirve | Ingresar las retenciones de IRPF que tú practicas |
|---|---|
| Quién lo presenta | Autónomos con trabajadores o que pagan a profesionales con retención |
| Periodicidad | Trimestral (mensual solo para grandes empresas) |
| Plazos | 1–20 de abril, julio y octubre; 1–20 de enero |
| Resumen anual | Modelo 190, en enero |
¿Cuándo te afecta?
- Pagas nóminas a un trabajador: le retienes IRPF según su sueldo y situación.
- Pagas facturas de profesionales (un diseñador, un abogado, un gestor…) que te aplican retención del 15 % o del 7 %.
- Pagas a administradores o haces otros pagos sujetos a retención.
Si eres autónomo sin empleados y nadie te factura con retención, no tienes que presentarlo.
Cómo funciona
Cuando un profesional te factura 1.000 € con un 15 % de retención, tú le pagas 150 € menos. Esos 150 € no son tuyos: los ingresas a Hacienda en tu modelo 111 de ese trimestre, en su nombre. Si en un trimestre no has retenido nada pero estás dado de alta en esta obligación, preséntalo igualmente sin actividad.
Ejemplo. En el trimestre te facturan dos profesionales: 1.000 € y 600 €, con el 15 % de retención. Has retenido 150 € + 90 € = 240 €, que ingresas con el modelo 111.
El resumen anual: modelo 190
En enero presentas el modelo 190, con el detalle de a quién has retenido y cuánto durante el año. Los datos deben cuadrar con la suma de tus cuatro modelos 111.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el 111 si yo soy el que recibe la retención?
No. Lo presenta quien paga y retiene, es decir, tu cliente. Tú solo descuentas esas retenciones en tu Renta.
¿Qué pasa si se me olvida?
Tendrás recargos o sanciones, y además el profesional no verá sus retenciones en sus datos fiscales. Preséntalo cuanto antes.
Todas las fechas del año están en el calendario fiscal del autónomo.
Fuentes oficiales
Revisado el 27 de octubre de 2026. Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un gestor o asesor fiscal.