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Guías prácticas para autónomos en España con las cifras de 2026: alta, cuota, facturas, impuestos y modelos de Hacienda.

  • Gastos deducibles para autónomos: lista y requisitos en 2026

    Un gasto bien justificado reduce lo que pagas de IRPF y, a menudo, de IVA. Estos son los más habituales y las condiciones que pide Hacienda.

    Las tres condiciones de cualquier gasto deducible

    1. Está vinculado a la actividad. Lo necesitas para trabajar y obtener ingresos.
    2. Está justificado con factura a tu nombre y con tu NIF. Un ticket simplificado, en general, no basta para deducir el IVA.
    3. Está registrado en tu libro de gastos y en el periodo en que se produce.

    Gastos habituales que puedes deducir

    Gasto IRPF IVA Notas
    Cuota de autónomos Sí, 100 % No lleva IVA Incluido el MEI.
    Alquiler de oficina o local Sí Sí Si el arrendador es una empresa o profesional, puede que tengas que retenerle IRPF (modelo 115).
    Gestoría, abogados, asesoría Sí Sí
    Software, ordenador, móvil Sí Sí Los equipos de más de 300 € suelen amortizarse en varios años.
    Formación relacionada Sí Sí Si guarda relación con tu actividad.
    Publicidad y marketing Sí Sí Incluida la web y su dominio.
    Seguro de salud Hasta 500 € por persona y año Exento de IVA Para ti, tu cónyuge e hijos menores de 25 que convivan contigo (1.500 € con discapacidad).
    Seguro de responsabilidad civil Sí Exento de IVA

    Si trabajas desde casa

    Si comunicas a Hacienda (en el modelo 036) la parte de tu vivienda que dedicas a la actividad, puedes deducir:

    • Suministros (luz, agua, gas, internet): el 30 % de la parte proporcional a los metros que usas para trabajar. Por ejemplo, si tu despacho ocupa el 20 % de la casa, deduces el 30 % de ese 20 %, es decir, el 6 % de la factura.
    • Gastos de la vivienda (IBI, comunidad, seguro del hogar, intereses de la hipoteca o alquiler): la proporción de los metros afectados.

    Si la vivienda es de alquiler, ten en cuenta que muchos contratos no permiten actividades económicas.

    Dietas y comidas

    Puedes deducir comidas de trabajo cuando se cumplen estos requisitos: se pagan con medio electrónico (tarjeta, transferencia), en un establecimiento de restauración y hostelería, y en un municipio distinto al de tu lugar de trabajo y residencia.

    En España En el extranjero
    Sin pernoctar 26,67 € al día 48,08 € al día
    Pernoctando 53,34 € al día 91,35 € al día

    El coche y otros vehículos

    Es uno de los gastos más discutidos con Hacienda:

    • En el IRPF, solo se acepta si el vehículo se usa de forma exclusiva para la actividad, salvo excepciones (comerciales, transportistas, autoescuelas…).
    • En el IVA, se presume una afectación del 50 %, así que puedes deducirte la mitad del IVA de compra, combustible o mantenimiento.

    Gastos que no se pueden deducir

    • Multas y sanciones.
    • Gastos personales o familiares no relacionados con la actividad (ropa de calle, comidas en tu municipio, vacaciones…).
    • Donativos y liberalidades (salvo excepciones con clientes, con límite).
    • El propio IRPF que pagas.
    Guarda las facturasSi Hacienda revisa tus declaraciones, tendrás que demostrar cada gasto. Guarda las facturas al menos cuatro años, y mejor en formato digital ordenado por trimestres.

    Fuentes oficiales

    Revisado el 26 de octubre de 2026. Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un gestor o asesor fiscal.

  • Verifactu para autónomos: qué es y desde cuándo es obligatorio

    Hacienda ha aplazado Verifactu a 2027. Te contamos qué es, desde cuándo te afecta como autónomo y qué decisiones conviene tomar antes.

    Verifactu es el sistema con el que la Agencia Tributaria quiere que los programas de facturación sean fiables: cada factura queda registrada de forma que no pueda modificarse sin dejar rastro, y puede enviarse automáticamente a Hacienda.

    Fechas obligatorias

    El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, retrasó la entrada en vigor. Las fechas actuales son:

    Quién Obligatorio desde
    Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) 1 de enero de 2027
    Autónomos y demás contribuyentes del IRPF con actividad 1 de julio de 2027

    Las fechas ya se han cambiado dos veces, así que conviene revisarlas en la Agencia Tributaria a medida que se acerquen.

    ¿A quién afecta?

    Afecta a quien emita facturas con un programa o aplicación informática. No afecta a:

    • Quien está acogido al Suministro Inmediato de Información (SII), que ya envía sus facturas a Hacienda.
    • Quien factura a mano o en papel sin ningún programa (cada vez menos habitual).
    • Los territorios forales (País Vasco y Navarra), que tienen sistemas propios como TicketBAI.
    ¿Y si hago las facturas con Word o Excel?Una hoja de cálculo o un procesador de texto no cumplen los requisitos de un sistema de facturación. Cuando Verifactu sea obligatorio, lo prudente es pasarse a un programa de facturación adaptado.

    Qué tienes que hacer

    1. Revisa cómo facturas hoy. Si ya usas un programa, pregunta al proveedor si estará adaptado a Verifactu y desde cuándo.
    2. Si facturas con Word o Excel, elige un programa adaptado antes de la fecha. La Agencia Tributaria ofrece una aplicación gratuita de facturación pensada para pequeños volúmenes.
    3. Mantén la numeración correlativa y no borres facturas: corrígelas con facturas rectificativas.

    Verifactu no es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas, que llegará después: lo explicamos en la guía de la factura electrónica.

    Qué no cambia

    Verifactu no cambia los datos que debe llevar una factura, ni el IVA, ni las retenciones, ni los modelos trimestrales. Cambia la herramienta con la que se generan y registran las facturas.

    Fuentes oficiales

    Revisado el 26 de octubre de 2026. Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un gestor o asesor fiscal.

  • Modelos 303 y 130: qué son, cómo se calculan y plazos de presentación

    Cada trimestre la mayoría de autónomos presenta dos declaraciones: el modelo 303 del IVA y el modelo 130 del IRPF. Así se calculan y estas son sus fechas.

    Plazos de presentación

    Trimestre Periodo Plazo para presentar
    1.º Enero a marzo Del 1 al 20 de abril
    2.º Abril a junio Del 1 al 20 de julio
    3.º Julio a septiembre Del 1 al 20 de octubre
    4.º Octubre a diciembre Del 1 al 30 de enero del año siguiente

    Si el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al siguiente día hábil. Si domicilias el pago en tu banco, el plazo termina unos días antes: comprueba la fecha exacta en el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

    Modelo 303: la declaración trimestral del IVA

    En el 303 comparas el IVA que has cobrado en tus facturas con el IVA que has pagado en tus gastos de la actividad:

    • IVA repercutido: el que has añadido en tus facturas emitidas.
    • IVA soportado: el que figura en las facturas de tus gastos deducibles.

    Si el repercutido es mayor, la diferencia sale a ingresar. Si es menor, sale a compensar en los siguientes trimestres. En el último trimestre del año puedes pedir que te la devuelvan.

    Ejemplo. En el trimestre facturas 6.000 € de base y cobras 1.260 € de IVA (21 %). Tus gastos con IVA suman 800 € de base, con 168 € de IVA. Resultado del 303: 1.260 − 168 = 1.092 € a ingresar.

    En enero, además del 303 del cuarto trimestre, se presenta el modelo 390: un resumen anual del IVA, salvo en los casos en que la Agencia Tributaria exime de presentarlo.

    Modelo 130: el pago fraccionado del IRPF

    El 130 es un adelanto de lo que pagarás en la declaración de la Renta. Se calcula con los datos acumulados desde el 1 de enero:

    1. Ingresos acumulados (sin IVA) menos gastos deducibles acumulados = rendimiento neto.
    2. Se aplica el 20 % a ese rendimiento.
    3. Se restan los pagos de los modelos 130 anteriores del mismo año y las retenciones que te han practicado tus clientes.

    Ejemplo del primer trimestre. Ingresos: 6.000 €. Gastos: 1.500 €. Rendimiento: 4.500 €. El 20 % es 900 €. Si no te han retenido nada, pagas 900 €. Si tus clientes te retuvieron 600 €, pagas 300 €.

    Si el resultado es negativo, no pagas nada ese trimestre y la cifra se tiene en cuenta en los siguientes.

    Para hacer tus números rápido, usa la calculadora del modelo 130.

    ¿Quién no tiene que presentar el 130?

    Quedan exentos los profesionales que, en el año anterior, tuvieron retención de IRPF en al menos el 70 % de sus ingresos de la actividad. Es habitual en quien trabaja casi solo para empresas. Si es tu primer año, se mira el porcentaje de ese mismo año.

    Los autónomos en estimación objetiva (módulos) presentan el modelo 131 en lugar del 130.

    Cómo se presentan

    Se presentan por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Hay que presentarlos aunque no hayas facturado nada en el trimestre (en ese caso, con resultado cero).

    Si te retrasasPresentar fuera de plazo sin requerimiento de Hacienda tiene un recargo que crece con el retraso. Si te lo reclama Hacienda antes, puede haber sanción. Mejor presentar tarde que no presentar.

    Fuentes oficiales

    Revisado el 26 de octubre de 2026. Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un gestor o asesor fiscal.

  • Cómo hacer una factura siendo autónomo: datos obligatorios, IVA e IRPF

    Una factura con un dato que falta puede hacer que tu cliente no pueda deducírsela. Esta es la lista de lo obligatorio y cómo se calculan los importes.

    Como autónomo debes emitir factura por cada trabajo o venta. El contenido está regulado en el Reglamento de facturación. Si quieres comprobar los importes de una factura, la calculadora de factura los desglosa al momento. Y si quieres un modelo listo para rellenar, descarga nuestra plantilla de factura en Excel gratis.

    Datos obligatorios de una factura completa

    • Número y, si usas varias, serie. La numeración debe ser correlativa (por ejemplo, 2026-001, 2026-002…).
    • Fecha de expedición. Y la fecha de la operación si es distinta.
    • Tus datos: nombre y apellidos, NIF y domicilio.
    • Datos del cliente: nombre o razón social, NIF y domicilio. Si el cliente es un particular, en algunos casos basta con una factura simplificada (ver más abajo).
    • Descripción de los servicios o productos, con cantidad y precio unitario sin impuestos.
    • Base imponible: el importe sin IVA.
    • Tipo de IVA aplicado y cuota de IVA resultante.
    • Retención de IRPF, si corresponde.
    • Total de la factura.
    • Si la operación está exenta de IVA o tiene inversión del sujeto pasivo, la mención legal que lo justifica.

    ¿Qué IVA tengo que poner?

    Tipo Se aplica a (ejemplos)
    21 % (general) La mayoría de servicios profesionales: diseño, consultoría, programación, marketing…
    10 % (reducido) Hostelería, transporte de viajeros, algunas obras de renovación de vivienda.
    4 % (superreducido) Alimentos básicos, libros, medicamentos de uso humano.
    Exento Ciertos servicios sanitarios, educativos o de seguros, entre otros.

    Si facturas a una empresa de otro país de la Unión Europea, normalmente no pones IVA español y añades la mención de inversión del sujeto pasivo. Para hacerlo necesitas estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Lo explicamos paso a paso en la guía para facturar a clientes del extranjero.

    ¿Cuándo hay que poner retención de IRPF?

    La retención aparece en tu factura cuando se cumplen dos condiciones a la vez:

    1. Tu actividad es profesional (consultores, diseñadores, abogados, programadores, formadores…), no empresarial ni comercial.
    2. Tu cliente es una empresa o un autónomo en España. A particulares no se les aplica retención.

    El porcentaje general es del 15 %. Si empiezas la actividad, puedes aplicar el 7 % el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido actividad profesional en el año anterior. Debes comunicárselo al cliente.

    Ejemplo con números

    Una diseñadora factura 1.000 € a una empresa española.

    Base imponible: 1.000,00 €
    IVA 21 %: + 210,00 €
    Retención IRPF 15 %: − 150,00 €
    Total a cobrar: 1.060,00 €

    Los 210 € de IVA los ingresará a Hacienda en su modelo 303. Los 150 € los ingresa la empresa cliente por ella y se descuentan en su declaración de la Renta.

    Factura simplificada (antiguo ticket)

    En operaciones de hasta 400 € (IVA incluido), o hasta 3.000 € en ciertos sectores como la hostelería o el comercio minorista, puedes emitir una factura simplificada. Lleva menos datos: no necesita los del cliente salvo que este los pida. Si tu cliente es una empresa que quiere deducirse el IVA, lo normal es que te pida una factura completa.

    Si un cliente no te paga, sigue los pasos de la guía qué hacer si un cliente no te paga.

    Cómo rectificar una factura

    Una factura emitida no se borra ni se modifica. Si hay un error, emites una factura rectificativa con su propia serie, indicando qué factura corrige y por qué.

    Guarda tus facturas

    Debes conservar tus facturas emitidas y recibidas durante al menos cuatro años, que es el plazo de prescripción fiscal (seis a efectos mercantiles). Desde 2027 los programas de facturación deberán cumplir con el sistema Verifactu: lo explicamos en la guía sobre Verifactu.

    Fuentes oficiales

    Revisado el 26 de octubre de 2026. Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un gestor o asesor fiscal.

  • Cómo darse de alta como autónomo en España paso a paso

    Darse de alta son dos trámites distintos, uno en Hacienda y otro en la Seguridad Social. Aquí tienes el orden, la documentación y lo que conviene decidir antes de empezar.

    Para trabajar por tu cuenta en España tienes que completar dos altas: la alta censal en Hacienda (Agencia Tributaria) y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Son trámites independientes, con ventanillas distintas, y los dos son obligatorios.

    Antes de empezar: decide cuatro cosas

    • Qué actividad harás. Hacienda te pedirá el epígrafe del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) que la describe. Si no estás seguro, el listado oficial de epígrafes está en la sede de la Agencia Tributaria. Elegir el epígrafe equivocado puede afectar a las retenciones y a otras obligaciones. Te ayudamos en la guía del epígrafe del IAE.
    • Fecha de inicio. Es la fecha en la que empiezas a ofrecer tus servicios o a incurrir en gastos de la actividad. La alta en Hacienda debe presentarse antes de empezar.
    • Cómo tributarás por IRPF. La mayoría de autónomos que empiezan eligen la estimación directa simplificada, pero hay otras modalidades, como los módulos, para ciertas actividades.
    • Si harás facturas con IVA. Casi todas las actividades repercuten IVA, aunque algunas están exentas (por ejemplo, ciertos servicios sanitarios o de enseñanza).

    Paso 1. Alta en Hacienda (modelo 036)

    La alta censal se hace con el modelo 036. El modelo 037, la versión simplificada, dejó de existir en febrero de 2025, así que ahora todas las altas se hacen con el 036. En el formulario indicas:

    • Tus datos personales y tu domicilio fiscal.
    • La actividad y su epígrafe del IAE.
    • El régimen de IVA y la modalidad de IRPF.
    • Si vas a tener empleados o a pagar alquileres que obliguen a retener (en ese caso tendrás más modelos que presentar).

    Se presenta por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve. También puedes pedir cita en una oficina.

    Paso 2. Alta en la Seguridad Social (RETA)

    El alta en el RETA se tramita en la sede electrónica de la Seguridad Social (el servicio se llama Import@ss) o con ayuda de un gestor. Necesitarás tu DNI o NIE, tu número de afiliación, el IBAN para domiciliar la cuota y los datos de la actividad. La Seguridad Social permite solicitarla con antelación al inicio de la actividad, pero comprueba el plazo vigente en su página antes de hacerlo.

    Al darte de alta eliges tu base de cotización a partir de una previsión de tus rendimientos. Con esa base se calcula la cuota mensual. Tienes los detalles en la guía de la cuota de autónomos y la tarifa plana, y puedes simular tu caso con la calculadora de cuota.

    Si cobras el paroAntes de darte de alta, valora si te interesa capitalizar el paro: hay que pedirlo antes del alta.
    Tarifa planaSi es la primera vez que te das de alta (o llevas tiempo sin serlo), puedes tener derecho a una cuota reducida durante el primer año. Hay que solicitarla en el alta, así que decide esto antes de enviar el formulario.

    Paso 3. Prepara tu forma de facturar

    Con las dos altas hechas ya puedes emitir facturas. Antes de la primera:

    • Decide la serie y numeración de tus facturas. Deben ser correlativas.
    • Ten claros tus datos fiscales (nombre, NIF, domicilio) para ponerlos en cada factura.
    • Abre una cuenta bancaria separada para la actividad. No es obligatoria, pero facilita mucho la contabilidad y las declaraciones.
    • Elige un sistema para guardar facturas emitidas y recibidas (carpeta digital, hoja de cálculo o programa de facturación). Más adelante te servirá para las declaraciones trimestrales.

    Todo sobre el contenido obligatorio de una factura está en la guía para hacer una factura, y puedes comprobar importes con la calculadora de factura.

    Paso 4. Calendario de obligaciones

    Desde el primer trimestre tendrás obligaciones periódicas, normalmente:

    • Modelo 303: declaración trimestral de IVA.
    • Modelo 130: pago fraccionado trimestral del IRPF (si no estás exento por tener retenciones en la mayoría de tus facturas).
    • Declaración de la Renta anual.

    Los plazos y el funcionamiento de los trimestrales están explicados en la guía de modelos 303 y 130, y todas las fechas del año en el calendario fiscal del autónomo.

    Errores frecuentes al empezar

    • Cobrar sin estar dado de alta. Hacienda y la Seguridad Social pueden reclamarte lo no declarado, con recargos.
    • Olvidar el IVA. Si facturas con IVA, ese dinero no es tuyo: lo cobras para ingresarlo después.
    • No guardar los justificantes de gastos. Sin factura a tu nombre o NIF, muchos gastos no se pueden deducir.
    • Elegir la base de cotización sin hacer números. Una base muy alta o muy baja respecto a tus ingresos reales se corrige después, pero conviene acertar desde el principio.
    Consulta con un profesional si tu caso es especialSi tu actividad requiere colegiación (por ejemplo, abogados, arquitectos o médicos), si vas a contratar empleados o si tienes otros ingresos como asalariado, tu alta puede tener particularidades. Un gestor puede revisarlo contigo antes de enviar los formularios.

    Fuentes oficiales

    Revisado el 26 de octubre de 2026. Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un gestor o asesor fiscal.

  • Cuota de autónomos 2026: tramos, tarifa plana y cómo se calcula

    Desde 2023 cada autónomo paga según lo que gana. Te explicamos cómo encontrar tu tramo, qué cuota mínima corresponde a cada uno en 2026 y cómo funciona la tarifa plana.

    La cuota que pagas cada mes a la Seguridad Social depende de tus rendimientos netos. Hay 15 tramos: cuanto más ganas, más alta es la base mínima de cotización y, por tanto, la cuota mínima. Si quieres saber tu caso en un minuto, usa la calculadora de cuota de autónomos.

    Cómo se calcula tu rendimiento neto

    1. Suma tus ingresos de la actividad (sin IVA).
    2. Resta tus gastos deducibles, incluida la propia cuota de autónomos.
    3. Aplica una reducción por gastos de difícil justificación: un 7 % con carácter general, o un 3 % si eres autónomo societario.
    4. Divide el resultado anual entre 12 para obtener la media mensual.

    Ejemplo. Facturas 2.000 € al mes y tienes 400 € de gastos deducibles. 2.000 − 400 = 1.600 €. Con la reducción del 7 %: 1.600 × 0,93 = 1.488 € de rendimiento neto mensual. Eso te sitúa en el tramo 5.

    Tabla de tramos y cuotas mínimas en 2026

    La cuota mínima se calcula aplicando el 30,6 % de cotización a la base mínima de cada tramo, más el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), que en 2026 es del 0,9 %. Las cifras de la última columna son aproximadas.

    Tramo Rendimiento neto mensual Base mínima Cuota mínima aprox. (con MEI)
    1 Hasta 670 € 653,59 € 205,88 €
    2 670 – 900 € 718,95 € 226,47 €
    3 900 – 1.166,70 € 849,67 € 267,65 €
    4 1.166,70 – 1.300 € 950,98 € 299,56 €
    5 1.300 – 1.500 € 960,78 € 302,65 €
    6 1.500 – 1.700 € 960,78 € 302,65 €
    7 1.700 – 1.850 € 1.143,79 € 360,29 €
    8 1.850 – 2.030 € 1.209,15 € 380,88 €
    9 2.030 – 2.330 € 1.274,51 € 401,47 €
    10 2.330 – 2.760 € 1.356,21 € 427,21 €
    11 2.760 – 3.190 € 1.437,91 € 452,94 €
    12 3.190 – 3.620 € 1.519,61 € 478,68 €
    13 3.620 – 4.050 € 1.601,31 € 504,41 €
    14 4.050 – 6.000 € 1.732,03 € 545,59 €
    15 Más de 6.000 € 1.928,10 € 607,35 €

    Dentro de cada tramo puedes elegir una base más alta que la mínima. Pagarás más cuota, pero también tendrás mejores prestaciones (por ejemplo, en bajas o jubilación).

    La tarifa plana de 80 € al mes

    Si te das de alta por primera vez, puedes pagar una cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses, sea cual sea tu rendimiento. Tienes derecho si:

    • nunca has sido autónomo, o
    • no has estado de alta como autónomo en los dos años anteriores (tres si ya disfrutaste antes de una tarifa plana).

    Si tus rendimientos netos del primer año son inferiores al salario mínimo interprofesional, puedes pedir que la reducción se amplíe otros 12 meses. Hay que solicitarla.

    Pídela al darte de altaLa tarifa plana se solicita en el mismo trámite de alta en la Seguridad Social. Si no la marcas entonces, puede que no puedas aplicarla después. Comprueba las condiciones vigentes en la Seguridad Social antes de enviar el alta.

    La regularización: por qué puedes pagar más (o menos) al final

    Al darte de alta eliges tu base a partir de una previsión de ingresos. Cuando Hacienda tiene tus datos reales del año (tras la declaración de la Renta), la Seguridad Social compara:

    • Si ganaste más de lo previsto, te reclamará la diferencia de cuota.
    • Si ganaste menos, te devolverá lo cotizado de más.

    Puedes cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año si ves que tus ingresos se apartan de lo previsto. Así evitas un ajuste grande al final.

    ¿La cuota es un gasto deducible?

    Sí. La cuota de autónomos se deduce íntegramente como gasto de la actividad en el IRPF. Lo explicamos junto a otros gastos en la guía de gastos deducibles.

    Fuentes oficiales

    Revisado el 26 de octubre de 2026. Información orientativa: no sustituye al asesoramiento de un gestor o asesor fiscal.